El jueves 8 de mayo se publicó en el BOIB la nueva convocatoria de subvenciones destinadas a la realización, implementación y/o actualización de Planes de Igualdad y adopción de medidas en materia de conciliación.

Las ayudas consistirán en subvenciones destinadas a payar la elaboración de planes de igualdad, en el marco de los programas siguientes:

  • Programa 1: fomentar la elaboración y la implementación voluntaria de planes de igualdad a empresas o entidades que no están obligados a temer elaborado y registrado un plan de igualdad por tener menos de 50 trabajadores/as.
  • Programa 2: facilitar la elaboración o renovación de planes de igualdad en las empresas de mas de 50 trabajadores/as, que estén obligas a tener elaborado y registrado el plan de igualdad.
  • Programa 3: Fomentar los planes de igualdad que incluyan medidas de conciliación, más allá de las legalmente previstas en la legislación vigente y en los convenios colectivos aplicables y la implementación de estas medidas.
  • Programa 4: Llevar a cabo acciones de igualdad, fomento y asesoramiento en materia a la igualdad para elaborar, implementar y renovar planes de igualdad, y fomentar y asesorar las entidades con el fin de que incluyan mediadas de conciliación en estos planes, por parte de organizaciones empresariales y sindicales inscritas en el Registro de Organizaciones Empresariales y Sindicales de las Islas Baleares y que tengan un ámbito territorial que incluya la totalidad de las Islas Baleares.

 Requisitos para las empresas:

  • La empresa o entidad debe tener su sede o centro de trabajo dentro de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y considerar toda la plantilla de la empresa, sin importar el numero de centros de trabajo ni el tipo de contrato.
  • El plan o su renovación, debe estar inscrito en el registro oficial de las Islas Baleares antes del 10 de noviembre de 2025.
  • Los proyectos se tendrán que ejecutar y pagar en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de octubre de 2025, ambos incluidos
  • Las empresas tienen que estar al corriente del pago de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • No podrán optar a estas ayudas aquellas empresas que tengan la obligación de realizar el Plan de Igualdad tras una sanción de la autoridad laboral.

Importes subvencionables:

  • El importe máximo subvencionable por beneficiario en los programas 1,2 y 3 es de 7.000 euros, IVA excluido.
  • El programa 3 es compatible con los programas 1 y 2 por lo que, en este caso, el importe máximo subvencionable por beneficiario es de 14.000 euros, IVA excluido.
  • El importe máximo subvencionable del programa 4, es de 60.000 euros, IVA excluido.
  • No se consideran subvencionables los gastos de inversión y el IVA deducible.

El plazo límite para presentar las propuestas 8 de junio de 2025. Teis Recursos Humanos posee amplia experiencia en la elaboración de planes de igualdad, además, te preparamos toda la documentación de forma gratuita para presentar la subvención. ¡Contacta con nuestro equipo!